CAMBIO DE TITULARIDAD

Si vas a comprar un vehículo de segunda mano, conviene que consulte las recomendaciones que hemos elaborado para facilitarte la transacción y evitar cualquier tipo de incidencia. En todo caso, ten en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Si eres el comprador, debes saber que, tras la firma del contrato de compraventa, estás obligado a realizar el cambio de titularidad del vehículo en un plazo máximo de 30 días. Una vez efectuado el trámite, se expedirá un nuevo Permiso de Circulación que únicamente será válido si posee la ITV en vigor.
  • En el caso del vendedor, tendrá que realizar la notificación de venta nada más efectuar la operación para eximirlo de responsabilidades relacionadas con posibles sanciones del vehículo si aún no se ha producido el cambio de titularidad.
  • El contrato de compraventa ha de estar firmado en cada una de las hojas que lo componen por ti, como comprador, y por el vendedor. Además, es conveniente que en el contrato se incluya la hora exacta en la que se entrega el vehículo. No olvides tampoco quedarte con una fotocopia del DNI, NIF o tarjeta de residencia del vendedor.
  • Para que un vehículo pueda ser transferido, debe estar en situación de alta administrativa y cumplir el resto de condiciones indicadas en el apartado de “Requisitos previos”.
  • Antes de realizar el cambio de titularidad, debes justificar el pago, exención o no sujeción al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620 o modelo 621, según corresponda). En casi todas las comunidades autónomas lo puedes hacer fácilmente y de manera telemática.

Además, para facilitarte la realización de los trámites, tienes a tu disposición nuestro asistente online con el que podrás formalizar tanto trámites generales, (por ejemplo, en el caso de que el comprador o vendedor sea un particular.